martes, 21 de febrero de 2006 |
«amor platónico» como atenuante |
Justo hace una semana de San Valentín y me he encontrado una sentencia que dice:
El tribunal estima que el presunto trastorno por enamoramiento en que se basan los peritos propuestos por la defensa no tiene base suficiente para configurar siquiera una circunstancia atenuante El caso es que Amanda, colaboradora de ETA, alegó «amor platónico» como atenuante de su delito, ya que ella «no podía esperar nada malo de un encuentro con su ser amado».
¿Fue sensible la Audiencia Nacional a este romanticismo? La sentencia sigue diciendo:
No es creíble la conclusión de los facultativos de que no podía esperar nada malo de un encuentro con su ser amado (hipótesis no demostrada) cuando, según la propia procesada, su padre estuvo «refugiado», es decir, huido de la justicia, en Francia durante su infancia y actualmente lo está en Cuba. Por lo tanto, la procesada conocía perfectamente la finalidad y consecuencias de aceptar la colaboración con ETA, como ella misma reconoció en las declaraciones en la fase de instrucción, sin que puede aceptarse ahora que tenía una afectación de su capacidad cognitiva que le impedía conocer el alcance de sus actos o la disminuía significativamente O sea, que no se lo creyeron.
A algún romántico irredento que lea este blog, que sé que lo hay, le gustará saber que, a pesar de no considerarla atenuante, el tribunal tuvo en consideración ese «amor platónico» e impuso a Amanda la pena en la mitad inferior.
Amanda, etimológicamente, la que debe ser amada, fue condenada a cinco años de prisión y multa de tres euros diarios durante dieciocho meses. |
zarevitz | 12:06 || |
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Vaya historia, para hacer una peli... me pone los pelos de punta.
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Hmmmm.... Lo que yo deduzco de la sentencia (y hasta cierto punto estoy de acuerdo) es que el amor platónico que profesara (cosa que según ellos no se prueba, pero vaya usted a saber cómo se demuestra eso...) no la eximía de saber que iba a ser "mala". En mi opinión, y ahí viene cuando la matan, amor platónico es un amor de idealización de un ser inalcanzable, no tiene nada que ver con el juicio del bien y el mal (o + bien lo delictivo y lo no delictivo). Un enamorado platónico puede saber que hace cosas "mal", por ejemplo, estar enamorado platónicamente... :-P En cualquier caso no entiendo muy bien cómo se tiene en cuenta para reducir una pena sin ser atenuante... pero eso ya es otro cantar.
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En cualquier caso no entiendo muy bien cómo se tiene en cuenta para reducir una pena sin ser atenuante... pero eso ya es otro cantar.
Esto es que, dentro de la horquilla prevista en la ley (por decir algo, entre cinco y diez años), el juez tiene libertad para poner la pena concreta en función de las circunstancias del caso.
Aquí consideró que, aunque no sea atenuante (que rebaje la horquilla a entre dos y medio y cinco), sí debía mantener la pena en la mitad inferior (entre cinco y siete y medio).
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