La Nación española es la patria común e indivisible de todos los españoles, formada a partir de la unión de las Coronas de Castilla y León y de Aragón que dio origen a la Monarquía de España, sobre la herencia histórica y cultural de la Hispania romana y del reino visigodo, mantenida a lo largo de la Edad Media por los reinos cristianos de la Península ibérica y compartida plenamente por ambas. De los mismos que se opusieron a la Ley de Memoria Histórica, os traigo esta propuesta de Producciones DENAES (Fundación para la defensa de la nación española) para constitucionalizar la Historia de España.
No es una parodia. Estoy copiando literalmente los primeros párrafos de su propuesta de modificación del Preámbulo y otros artículos de la Constitución española de 1978.
La cultura de la España cristiana medieval, con los peculiares rasgos adquiridos a causa de su multisecular contacto con la cultura hispanomusulmana y las comunidades sefardíes, fue renovada por el humanismo, el arte y la técnica renacentistas. Desde el descubrimiento de América se extendió a través del Atlántico y el Pacífico, proporcionando insignes aportaciones a la civilización occidental y enriqueciéndose por medio del mestizaje con los pueblos del Nuevo Mundo. Sirvió así para conformar las naciones hispánicas que, tras su emancipación, pertenecen a la comunidad iberoamericana.
El mantenimiento y consolidación durante tres siglos de la Monarquía de España, desde la unión de las Coronas de Castilla y León y de Aragón, dio lugar a la formación de uno de los primeros Estados nacionales. La soberanía de la Nación española fue proclamada por las Cortes de Cádiz en la Constitución de 1812. Se conformó así por vez primera en España el Estado constitucional, sobre la base de una comunidad política organizada sobre la división de poderes y formada por todos los españoles, considerados como ciudadanos libres, iguales ante la ley y sometidos al mismo ordenamiento jurídico.
A partir del triunfo de la Revolución liberal, el Estado constitucional español quedó organizado en provincias y en municipios. Esta estructura territorial fue respetada por las Constituciones monárquicas de 1837, 1845, 1869 y 1876 y por la republicana de 1931. Esta última introdujo, además, el reconocimiento de la autonomía regional.
La Constitución garantiza hoy la autonomía de las Corporaciones locales para la gestión de sus respectivos intereses. Asimismo, y en virtud de la plural formación histórica de la Nación española, reconoce la autonomía de las Comunidades que, a partir de la aprobación de la Constitución en 1978, y con el precedente de la Constitución de 1931, se han configurado sobre los territorios que pertenecieron en el pasado a las Coronas de Castilla y León y de Aragón.
La antigua Corona de Castilla y León comprendió los territorios que ahora corresponden a las Comunidades Autónomas de Andalucía, Asturias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Extremadura, Galicia, las Islas Canarias, La Rioja, Madrid y Murcia. También formaron parte de ella las ciudades de Melilla y Ceuta, procedente esta última de la Corona portuguesa.
Se incorporaron asimismo a la Corona de Castilla y León, en distintos momentos históricos y por diversos títulos, manteniendo su régimen jurídico propio y sus instituciones, los territorios forales de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya, que componen la actual Comunidad Autónoma del País Vasco, y el antiguo Reino de Navarra, convertido ahora en Comunidad Foral.
Integraron, por su parte, la antigua Corona de Aragón los territorios que pertenecen actualmente a las Comunidades Autónomas de Aragón, Cataluña, las Islas Baleares y la Comunidad Valenciana.
Al reconocer la autonomía de estas Comunidades en el marco de la unidad nacional de España, la Constitución proclama la solidaridad entre todas ellas. |